Cumplidos como han sido los requisitos legales en el presente juicio, y por las razones que han sido expuestas, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN POR PÉRDIDA DEL INTERÉS PROCESAL, correspondiente al Recurso Contencioso Tributario interpuesto en fecha 29 de noviembre de 1994, por los Abogados Marco Antonio Osorio Ch y José Antonio Carrero Marquina, ya identificados, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la contribuyente GENERAL MOTORS VENEZOLANA, C.A., contra la Resolución Nº 106 de fecha 24 de agosto de 1994, emanada de la Dirección General Sectorial de Aduanas de Venezuela del entonces Ministerio de Hacienda, mediante la cual se declaró Sin Lugar el Recurso Jerárquico interpuesto en contra de la decisión administrativa emitida por la Aduana de Puerto Cabello, que ratificó .....