Por las consideraciones anteriores, este Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara PERECIDO el recurso de apelación ejercido por los abogados Julio Morales y Juana Bastidas de Morales inscritos en el Inpreabogado bajo los números 186.672 y 186.679, respectivamente, en representación del ciudadano Miguel Ángel Rojas, venezolano mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 14.030.302, , contra la sentencia de fecha 03/07/2014, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Lara sede Barquisimeto, el cual que declaró sin lugar la demanda . En consecuencia, se confirma dicho fallo.