Este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Centro Occidental, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Sin lugar la oposición planteada por la ciudadana MARIA FATIMA FREITAS GONCALVES, titular de la cédula de identidad 16.137.535, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 126.090, en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil SOTERPAL, C.A. BINGO EUROLARA, suficientemente identificada en autos. SEGUNDO: Se ratifica el decreto de la medida cautelar emitido sentencia interlocutoria N° 023/2008 de fecha 07 de febrero de 2008, relacionada con la retención preventiva de las máquinas traganíqueles identificadas en el Acta de Retención Preventiva N° SNAT/INTI/GRTI-3785-01, de fecha 22 de noviembre de 2007, de conformidad con lo establecido en el articulo 296, numeral 2 del Código Orgánico Tributario, las cuales conforme a lo expresado por la representación fiscal, son propiedad de.....