En consecuencia, por las razones antes mencionadas, este Tribunal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA la transacción celebrada, solo en lo que respecta a la sociedad mercantil CORPORACIÓN KARGA, C.A., y AGENCIA MARÍTIMA MUNDO MAR, C.A., en los términos contenidos en su escrito transaccional. Es todo.-