, se ordena remitir el presente expediente a la Oficina de Alguacilazgo, para que sea distribuido entre los demás Tribunales de Control de este Circuito Judicial Penal. Igualmente, ábrase cuaderno de incidencias, contentivo de la presente acta de inhibición y de copia certificada del libelo acusatorio de la Fiscalía Séptima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, y remítase a la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal, a los fines de que decida sobre la inhibición planteada.
Trujillo, a los diecinueve (19) días del mes de noviembre de 2007.
El Juez Inhibido,
Manuel Gutiérrez.