Hoy diecinueve (19) de noviembre de dos mil catorce (2014), siendo las nueve de la mañana (9:00 AM), día y hora fijado para que tenga lugar la Instalación de la Audiencia Preliminar Prolongada, el Tribunal deja constancia que anunciada como fue la misma por el alguacil Gabriel Martínez, tanto la parte actora no compareció, se deja constancia de la presencia del abogado Jonathan Delgado, inscrito en el Inpreabogado N° 10.026, apoderado de la parte demandada. Por lo que de conformidad con lo previsto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Es todo, terminó se leyó y conformes firman.-