declara CON LUGAR la solicitud que se provee y al efecto conforme a lo dispuesto en el Artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA COMO UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DEL DE CUJUS RAFAEL ISIDRO BRICEÑO CARRASQUERO, a su cónyuge sobreviviente GLORIA FORTUNATA DE BIASI DE VETENCOURT, venezolana, viuda, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 1.402.910, así como a sus hijos sobrevivientes MARIA AUXILIADORA, FERNANDO ESTEBAN y LAURA ISABEL VETENCOURT DE BIASI, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº 5.493.128, 9.174.338 y 9.315.869, respectivamente, dejando a salvo eventuales derechos de terceros.