Por todo lo expuesto, este Tribunal de Primera Instancia de Responsabilidad Penal de Adolescente, en función de Control N° 02, administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, admite la acusación, homologa el convenio conciliatorio celebrado por las partes y acuerda la Suspensión de la causa a prueba por el lapso de Diez (10) meses en el proceso que se le sigue a los adolescentes IDENTIDAD OMITIDA. 2) IDENTIDAD OMITIDA 3) IDENTIDAD OMITIDA 4) IDENTIDAD OMITIDA identificado ut supra, por el delito OBSTACULIZACION DE LA VIA PUBLICA Y DAÑOS AL PATRIMOINIO PUBLICO, previsto y sancionado en el artículo 357 Y 473 del Código Penal., hecho ocurrido el día 08 de Mayo de 2009; para que los imputados cumpla con las obligaciones impuestas, que finaliza el 20 de Noviembre de 2011. Asimismo deben consignar cada Tres (03) meses las constancias de estudios o de trabajo según sea el caso. Se les advierte a los acusados que cualquier cambio de residencia deberá ser com.....