III
D I S P O S I T I V A
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación ejercida por la parte actora contra la decisión del A quo de fecha 19 de enero de 2016, a la cual se adhirió la codemandada.
Se declara CON LUGAR la apelación ejercida por el codemandado Giulio Enrico Bardi Montes de Oca contra el fallo del A quo, solo por que respecta a la exoneración de las costas a la actora dispuesta en tal decisión.
Se declara PRESCRITA la pretensión de simulación de ventas de acciones de la compañía H. L. Construcciones, C. A. y de acreencia a cargo de ésta, que celebraron Gustavo Francisco Orta Áñez y Giulio Enrico Bardi Montes de Oca en asamblea de socios de dicha compañía que tuvo lugar el 30 de abril de 1996; así como la que celebraron H.....