D E C I S I Ó N
En virtud de las anteriores consideraciones, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por motivo de Nulidad de Contrato incoada por el ciudadano JOSE RAMON COLMENARES, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-7.450.720, debidamente asistido por los Abogados en ejercicios JORGE YGNACIO SILVA ALVARES y ANGEL RAMON VARGAS, contra la ciudadana YADIRA DEL CARMEN COLMENARES, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-13.389.577, como consecuencia de ello nulo el contrato privado de venta de fecha 08/12/2022 suscrito por los ciudadanos JOSE RAMON COLMENARES y la ciudadana YADIRA DEL CARMEN COLMENARES, plenamente identificados.
SEGUNDO: Conforme .....