En consecuencia, por las razones antes expuestas, este Juzgado Tercero de Municipio de Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
1. CON LUGAR la demanda por DESALOJO, intentada por el ciudadano ARMANDO HIPOLITO GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.539.888, y de este domicilio Contra: Sucesores del ciudadano HERMES GREGORIO MONTERO MENDEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 413.529 (difunto), compareciendo como tales su esposa ADA VICTORIA SALAZAR DE MONTERO, (viuda) y sus hijos MIRIAN, ANDRÉS, PASTOR, YADIRA, HERMES, CESAR JULIO, GERMAINE KAREN Y DAGNALIS, todos de apellidos MONTERO SALAZAR, venezolanos, mayores de edad y titulares respectivamente de las cédula de identidad números 1.260.143, 4.073.005, 4.03.006, 5.245.105, 5.245.183, 7.323.744, 7.364.213, 9.541.918 y 7.418.716.
2. En consecuencia,.....