En mérito de las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad que le confiere la Ley, declara:
PRIMERO: Se repone la causa al estado de que el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo notifique a la Procuraduría General de la República de la sentencia que dictó el 23 de enero de 2024, en observancia a las disposiciones previstas en la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, y cumplida dicha notificación, deje transcurrir los lapsos procesales pertinentes.