DISPOSITIVA
Este Juzgado del Juicio N°4 , Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley de conformidad con lo establecido en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, estima prudente REVISARLES LA MEDIDA DE PRIVACIÓN DE LA LIBERTAD impuesta a los ciudadanos DERVATH NATALY BASTIDAS RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº 16769120, YEFERSON JOSÉ ROJAS HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad Nº 20501265 y GREGORIO DE JESUS CAÑIZALEZ, (NO HA CEDULADO), y en su lugar e imponerle una Medida Cautelar menos gravosa como lo es la prevista en el artículo 256 ordinal 3º y 9º del Código Orgánico Procesal Penal, como lo es la presentación periódica cada 30 días ante la taquilla de presentación de este Circuito Judicial Penal y la Asistencia a la Oficina de Prevención del Delito y en cuanto al ciudadano GREGORIO DE JESUS CAÑIZALEZ, acudir al SAIME a los fines de su Cedulación.-
Regístrese, Publíquese, Notifíquese a las partes y líbrese la Bol.....