Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la sociedad mercantil Cartón de Venezuela, S.A.,contra la decisión de fecha 30 de enero de 2015, dictada por el Juzgado Décimo Cuarto (14º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SE REVOCA la decisión in comento. TERCERO: SE HOMOLOGA la Transacción presentada por las partes en fecha 28 de enero de 2015, al cual se le confiere efecto de cosa juzgada. Así mismo, se indica que, concluido como haya sido el lapso para que las partes ejerzan los recursos de Ley, será remitido al Juzgado Décimo Cuarto (14º) de Primera Instancia de Sustanciación, Me.....