DISPOSITIVA
En consecuencia, éste TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO, y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos: GABRIELA NAZARETH GARCIA YEPEZ y LUIS ENRIQUE ESCALONA DIAZ, venezolanos, mayores de edad, casados, hábiles, de este domicilio, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-11.740.040 y V-10.776.999, debidamente asistidos por el abogado RICHARD EDUARDO APOSTOL RUIZ, inscrito en el IPSA bajo los N° 133.329; por ante el Registrador Civil de la Parroquia Juarez del Municipio Iribarren del Estado Lara, Acta de Matrimonio Nro. 07, de fecha 04/03/1994, del Libro de Registro Civil de Matrimonios respectivo.
Asimismo, se ordena oficiar a los organismos competentes, una vez quede firme la presente dec.....