declara PARCIALMENTE CON LUGAR LAS APELACIONES interpuestas por la Abogada JOANNA ELIZABETH ROSARIO MANEIRO, apoderada judicial de la parte actora, y por la Abogada CARMEN ESPERANZA HERNÁNDEZ VILORIA, apoderada judicial de la parte demandada, en contra de la sentencia dictada en fecha 13 de enero de 2017, por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DEL ESTADO LARA, en el CUADERNO SEPARADO DE MEDIDAS CAUTELARES del juicio de RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE VENTA DE ACCIONES; interpuesto por los ciudadanos EDUARDO GONZÁLEZ SANTIAGO, MARÍA JOSEFA ALONSO DE GONZÁLEZ, ALEX GONZÁLEZ ALONSO, RAQUEL GONZÁLEZ ALONSO, DANIELA MARÍA MARÍN GONZÁLEZ Y FRANCISCO JAVIER MÉNDEZ GONZÁLEZ, en contra de los ciudadanos JOSÉ MIGUEL VARGAS FALQUE y JULIEMAR APONTE DE VARGAS,y la sociedad mercantil FERRETERÍA CATALDO C.A; representada por el ciudadano JOSÉ MIGUEL VARGAS FALQUE, ya identificado. En consecuencia: En la pretensión de Resolución de Contrato de venta de acciones:
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