en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: la CONFESION FICTA y en consecuencia CON LUGAR, la demanda de RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO, interpuesta por la ciudadana BEATRIZ GIMENEZ ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-7.351.930 y de este domicilio contra el ciudadano ALISON RAFAEL GARCIA PARRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-18.103.950
En consecuencia SE TIENE LEGALMENTE POR RECONOCIDO el instrumento privado de fecha tres (03) de Febrero de 2016, que riela al folio tres (03) del presente expediente, suscrito por el ciudadano ALISON RAFAEL GARCIA PARRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-18.103.950, contentivo del negocio jurídico de compra-venta, compra venta de un inmueble constituido por un apartamento, que forma parte del conjunto urbanístico-habitacional denominado "URBANIZACION ALI PRIMERA" en el sitio conocido como Zona 30, ubi.....