PRIMERO: Su COMPETENCIA para decidir la presente apelación en este juicio de amparo constitucional.
SEGUNDO: CON LUGAR la apelación ejercida por CESAR CASTRO, RAFAEL BEAUJON, FRANK GIMENEZ e IVAN ALVARADO, representantes de la Junta de Condominio del CENTRO COMERCIAL BARQUICENTER, asistidos por los abogados en ejercicio WILMER ALBERTO PEREZ GARCIA y MIRIAM ROJAS ALVARADO, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo los Nos. 54.787 y 104.105, respectivamente en fecha 30 de abril del año 2025, contra la sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en fecha 11 de abril del año 2025, en el expediente N° KP02-O-2024-000096.
TERCERO: SE REVOCA la sentencia dictada en fecha 11 de abril de 2025, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta circunscripción judicial, y se declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional prese.....