III
Este Tribunal administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1) PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de COBRO DE BOLIVARES (VIA INTIMATORIA) intentada por la ciudadana: ANA MERCEDES LOPEZ, mayor de edad, hábil, titular de la cédula de identidad N° 4.380.736, Abogado en ejercicio, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 52.576, actuando en su propio nombre y representación, contra RAFAEL BARRIOS, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-3.082.536, de este domicilio y contra GLORIA DE BARRIOS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-4.722.078, de este domicilio, en razón de lo cual se ordena al demandado cancelar las siguientes cantidades:
a) CUATRO MILLONES SETENTA MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 4.070.000,oo), correspondiente al monto total de la letra de cambio en que se fundamenta la demanda.
b) El derecho de comisión que en defecto de pacto se estima en un sexto por ci.....