DISPOSITIVA
Es por las razones antes expuestas, que este Tribunal de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA LA DESESTIMACIÓN DE LA DENUNCIA interpuesta por la ciudadana. MARISOL MELENDEZ, plenamente identificada en autos, de conformidad con el artículo 301 del Código Orgánico Procesal penal .remítase en su oportunidad legal a la Fiscalía Vigésima del Ministerio Público del Estado Lara. Notifíquese a las partes. Regístrese. Publíquese. Cúmplase.-