Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 7, del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad e la Ley, EN PRIMER LUGAR, CALIFICA COMO FLAGRANTE , la aprehensión de que fueron objeto el ciudadano GABRIEL NINO CARDENAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° E- 81-425-189, nacido el 05-07-61, soltero, de 46 años de edad, caletero, hijo de María Cárdenas y de Vicente de Jesús Niño, residenciado en el Cerro Plata II, frente al Mercado Municipal, casa s/n, casa de color azul con rejas negras Valera Estado Trujillo, por la Comisión del delito de LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 413 del Código Penal, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, EN SEGUNDO LUGAR, Le impone al preidentificado GABRIEL NINO CARDENAS la Medida Ca.....