Se DECLARA DESISTIDO EL RECURSO DE APELACION ejercido por la parte demandada ciudadana MARIA ASSUNCAO DE DIAS, plenamente identificada en autos, contra la decisión de fecha 15 de Marzo del año 2010, dictada por el JUZGADO TERCERO DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA. No hay condenatoria en costas por la naturaleza de la decisión tomada.