Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara CONSUMADA LA PERENCIÓN y en consecuencia extinguida la instancia, en el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por los abogados NESTOR LUIS ALVAREZ MARTÍNEZ y MIGUEL ANGEL DOMINGUEZ FRANCHI, obrando con el carácter de apoderados judiciales de la sociedad mercantil CONSTRUCTORA NACIONAL DE VÁLVULAS, C.A. (CNV), contra el acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa Nº 208-2003, dictada en fecha 9 de octubre de 2003, por la Inspectoría del Trabajo con Competencia en el Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda con Sede en la ciudad de Los Teques, todos, suficientemente identificados en la parte motiva del presente fallo.