DISPOSITIVA
Con fundamento en los anteriores razonamientos, oídas las exposiciones de las partes y sus alegatos, así como la Admisión de Hechos por parte del acusado y la no oposición de la representación fiscal, este Tribunal de Juicio Nº 2 del Circuito Judicial Penal de Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide en los siguientes términos:
PRIMERO: CONDENA los ciudadanos PEREZ MARQUEZ JOSE GREGORIO, Venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº 25.714.041, nacido en Barquisimeto, Estado Lara, el 30/04/87 de 23 años de edad, de profesión u oficio albañil, residenciado barrio Bolívar calle 5 entre 3 y 4, casa s/n frente a la parada de la ruta 13, Teléfono 0416-75255712/04267361241 y CASTILLO RODRÍGUEZ JOSE GREGORIO Venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº V-20.472.789, nacido en Barquisimeto, Estado Lara, el 05/10/88, de 21 años de edad, de profesión u oficio mecánico, resid.....