Con fundamento en los criterios anteriormente transcritos, en el presente caso, al resultar evidente la falta de comparecencia de la presunta agraviada a la audiencia constitucional y por cuanto los hechos alegados no afectan el orden público, este Tribunal, declara terminado el procedimiento, por abandono de trámite, en la presente acción de amparo constitucional. ASÍ SE DECIDE.
V
DECISIÓN
Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en sede Constitucional en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO POR ABANDONO DE TRÁMITE, en la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano RAFAEL ALBERTO MATOS CEDEÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-12.163.047, asistido por la Abogada en ejercicio MARIANELA MALUFF LUNA, inscrita en el Inpreabogado ba.....