En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal ORDENA DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 331 DEL CÓDIGO ORGÁNICO PROCESAL PENAL, LA APERTURA DEL JUICIO ORAL Y PÚBLICO en la presente causa seguida en contra del ciudadano DEMSEY VLADIMIR SALAS, C. I. 20.471.522, de 22 años, nacido en Barquisimeto, Estado Lara, fecha de nacimiento 31.10.88, hijo de Mirian Salas, de ocupación comerciante, domiciliado en Ruezga norte, sector 3, vereda 46 casa Nº 7, como a cinco casas de la licorería marilyn, teléfono 0251-8174897, por estar incurso en la comisión del delito de OCULTACION ILICITA DE DROGA AGRAVADO, previstos y sancionado en el artículo 149 ordinal 2º y 163 ordinal 7º de la ley Orgánica de Droga. Se admiten las pruebas presentadas por el Ministerio Publico, por considerar que las mismas son necesarias, ilícitas, legales, útiles y pertinentes. NOTIFIQUESE A LAS PARTES.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho de este Tribunal, en la ciudad de Barquisimeto, a los v.....