Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA, mediante la cual se ACEPTÓ LA DECLINATORIA DE COMPETENCIA por la materia, que fuera formulada por la abogada Marilyn Quiñónez Bastidas, en su condición de jueza del Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, y SE DECLARÓ LA COMPETENCIA de esta alzada para conocer y decidir del presente recurso de apelación, formulado en fecha 19 de septiembre de 2012, contra la sentencia dictada en fecha 10 de agosto de 2012, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, mediante la cual se declaró con lugar la demanda de divorcio interpuesto por el ciudadano Ángel Alberto Biscardi Arias contra la ciudadana Ligia Fabielys Angarita Calzadilla.