Por las razones expuestas, este tribunal de Control N° 01 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL, DEL ESTADO TRUJILLO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y AUTORIDAD DE LA LEY, declara procedente la solicitud fiscal , y en consecuencia decreta el sobreseimiento de la causa a favor,de JOSE LUIS ARAUJO, JOSE RAMON BRICEÑO y JOSE GREGORIO BRICEÑO de conforme al ordinal 3° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. Por delito de lesiones PERSONALES MENOS GRAVES previsto en el articulo 415 del Código penal en agravio de por MANUEL DEL CARMEN PIRELA BRICEÑO