Este TRIBUNAL SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley DECRETA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre un inmueble constituido por un apartamento bajo el régimen de propiedad horizontal identificado con las siglas sesenta y dos Raya A (62-A), ubicado en el sector Noreste del piso 6 de la Torre "A" del CONJUNTO RESIDENSIAL LAGUNITA GARDEN, Avenida El Parque, Segunda Etapa de la Urbanización Lomas de la Lagunita, Jurisdicción del Municipio El Hatillo del Estado Miranda,