Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Región Centro Occidental, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley:
Único: Se declara inadmisible la recusación propuesta por el ciudadano abogado Luís Javier Barazarte Sanoja, en su condición de defensor privado del ciudadano Luís Miguel Carmona Soteldo, titular de la cédula de identidad N° V-16.072.532; en contra de la ciudadana abogada Isleingt Cecilia Guevara Parra, Jueza Provisoria del Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, extensión Guanare, para el conocimiento de la causa signada con el alfanumérico CM1-VS-2023-0515.