Por las consideraciones anteriores, este Juzgado Superior del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara PERECIDO el recurso de apelación intentado por la ciudadana Brica Yasmín Acosta inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 108.774, en contra de la decisión dictada por el Tribunal de Protecciòn del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 01 de Julio de 2.008. En consecuencia, se Confirma dicho Auto en todas sus partes.