PRIMERO: CON LUGAR por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES interpuesta por el ciudadano JORGE DELGADO contra la sociedad mercantil FARMAPATRIA, C.A.
SEGUNDO: SE CONDENA a la parte demandada a cancelarle al accionante los conceptos determinados en la parte motiva del presente fallo.
TERCERO: No hay condenatoria en costas.
Se ordena la notificación de la Procuraduría General de la República, de la presente sentencia.