En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control, Audiencias y Medidas N° 02 en Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: PRIMERO: Se ratifican las medidas de protección y seguridad previstas en el artículo 87 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, y que han sido decretadas en el presente proceso penal, quedando debidamente imputado el ciudadano JUAN DE PONOSENO DURAN, Titular de la Cédula de Identidad Nº V (...), por la presunta comisión del delito de ACTO CARNAL CON VICTIMA ESPECIALMENTE VULNERABLE previsto y sancionado en el artículo 44 numeral 1 en grado de continuidad en virtud de lo establecido en el artículo 99 del Código Penal, con el agravante previsto y el artículo 77 numerales 1, 8, 9 y 14 Ejusdem. SEG.....