III
D I S P O S I T I V A
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la apelación ejercida por el apoderado de la parte demandante contra el auto del A quo de fecha 31 de Octubre de 2006.
SE HOMOLOGA el convenimiento en la demanda otorgado por la demandada, mediante escrito presentado el 22 de Febrero de 2006 y en consecuencia TÉNGASE TAL ACTO DE AUTO COMPOSICIÓN PROCESAL como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
SE REVOCA el auto apelado.
Dada la naturaleza de este fallo, no hay especial condenatoria en costas.
Publíquese y regístrese la presente sentencia.
Remítase al Tribunal de la causa el presente expediente, en su oportunidad legal.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado Superior Civil, Mercan.....