´Este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO, realizada por los ciudadanos ROSALBA TERESA FASCIANO DE PERNALETE y RAUL JOSE PERNALETE MENDOZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N°. V- 10.766.007 y V- 9.849.291, respectivamente. SEGUNDO: En consecuencia se declara disuelto el vinculo conyugal el cual contrajeron ante el Concejo del Municipio Bolivariano G/D Pedro León Torres del Estado Lara; en fecha 14 de marzo de 1997, inserta bajo el Nº 11, año 1997, de Libros de Registro Civil de Matrimonios llevados por ante ese Despacho. LIQUIDESE LA COMUNIDAD DE GANANCILAES en los términos establecidos en el escrito de solicitud interpuesto por la parte solicitante en este expediente.
Expídanse copias certi.....