Por los razonamientos de hecho y de derecho que anteceden, éste Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada SISTEMA HIDRÁULICO YACAMBÚ-QUIBOR, C.A., contra la decisión de fecha 16/10/2013, dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión recurrida.
TERCERO: No hay condenatoria en costas del recurso, dada la composición accionaria de la recurrente.