´Se declara INADMISIBLE la pretensión de PRESCRIPCION EXTINTIVA intentada por los ciudadanos AURELIANO JOSE ESCOBAR GUTIERREZ y JOSE FELIZ ESCOBAR MENDOZA, abogados en ejercicio, inscritos en el IPSA bajo los N° 242.923 y 192.814, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la ciudadana JULIA DEL CARMEN MENDOZA DE MARINERO, titular de la cedula de identidad N° V-2.603.638, contra el ciudadano RAMON MIGUEL BERNAL,titular de la cedula de identidad N° V-409.485.-´