Con fundamento a lo precedentemente expuesto, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara: parcialmente con lugar, la solicitud de aumento del monto de la obligación de manutención, presentada por la ciudadana Zenaida De Las Mercedes Perera Camacaro, en representación de su hijo, el adolescente (omitido art. 65 LOPNNA) contra el ciudadano Miguel Ángel González Ibarra. En consecuencia, se aumenta el monto de la obligación de manutención a la cantidad de doscientos bolívares fuertes (Bs. F. 200,oo) mensuales, además del 50% de los gastos de médico, medicinas, vestido, uniformes, útiles escolares, habitación, deporte y cualquier otro que el adolescente requiera.