DECISION
En mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, declara procedente la ampliación de la medida cautelar sustitutiva a la privación de libertad, decretada en contra del procesado Gregorio Rafael Escobar, ut supra identificado, por la presunta comisión de los delitos de Homicidio Intencional Calificado en la Ejecución de Robo y Robo Agravado de Vehículo Automotor en grado de complicidad no necesaria, tipificados en los artículos 406 numeral 1, 5 y 6 numerales 1, 2 y 3 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos, en relación con lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 84 del texto sustantivo penal vigente, ampliándose el régimen de presentaciones dictado en su oportunidad como parte .....