Por las razones antes expuestas es por lo que este Juzgado del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley declara, CON LUGAR, la demanda de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, intentada por la Sociedad de Comercio LIBRERÍA ANTONIO CARORA C.A, inscrita por ante el Registro Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 23 de Agosto de 1.990, bajo el Nº 75, Tomo 9-A., representado judicialmente por el Abogado PEDRO ELIAS ARISTEGUIETA CORREA, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 41.071, en contra del ciudadano HIPOLITO JOSE ZAMBRANO, Venezolano, mayor de edad, viudo, titular de la cédula de identidad Nº 447.935, de este domicilio, representado por el Abogado AMABILES JOSE SILVA, inscrito en el I.P.S.A., bajos los Nros 7.574. En consecuencia se le ordena a HIPOLITO JOSE ZAMBRANO, otorgarle a LIBRERÍA ANTONIO CARORA C.A, el documento definitivo de venta del inmueble conformado por un lo.....