razón por la cual, este juzgador considera que no puede tener dichas declaraciones como un convenimiento respecto a los hechos expuestos por la parte actora. Y en consecuencia NIEGA la solicitud de los demandados, de que se sentencie el presente procedimiento, sin necesidad de apertura del lapso probatorio. Y así se decide.-
El Juez Titular,
Abg. Adolfo Gimeno Paredes
La Secretaria Titular,
Abg. Diana Carolina Isea
AGP/mtgh