En consecuencia, se ordena la entrega de la misma al interesado en el estado en que se encuentra, quedando en el archivo de este tribunal copia fotostática certificada del presente auto, de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.
El Juez,
Abog. Ramón E. Butrón Viloria.
La Secretaria,
Abog. Johana C. Briceño de Núñez
En la misma fecha se cumplió lo ordenado,
La Secretaria,
REBV/jcb/el.
Solicitud No. 12132.