Este Juzgado Tercero de Municipio de Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
1. SIN LUGAR la acción por motivo de DESALOJO interpuesta por la ciudadana MARY SOL DE QUINTERO, venezolana, de este domicilio, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 4.734.709, contra la ciudadana GLADYS DEL CARMEN ORELLANA ALVARADO, mayor de edad, de este domicilio, identificada con la Cédula de Identidad Nº V- 1.025.553.
2. SE CONDENA EN COSTAS a la parte demandante, con respecto al pleito principal, de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, por haber sido totalmente vencida.
3. SE DECLARA INADMISIBLE la reconvención por motivo de ABUSO DE DERECHO, intentada por la ciudadana GLADYS DEL CARMEN ORELLANA ALVARADO, mayor de edad, de este domicilio, identificada con la Cédula de Identidad Nº V- 1.025.553, contra: MARY S.....