Con fundamento en lo anteriormente expuesto, este Juzgado Tercero, en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: CONDENA al ciudadano: LUIS ALFREDO RAMOS COLMENÁREZ, titular de la cédula de identidad Nº 24.417.461, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, a cumplir la pena de DIEZ AÑOS DE PRISION.
SEGUNDO: CONDENA a los ciudadanos: ANDERSON JOSÉ BRICEÑO BRITO, titular de la cédula de identidad Nº 20.471.098 y WILBER ANTONIO MENA MENDOZA, titular de la cédula de identidad Nº 21.502.857, a cumplir la pena de OCHO AÑOS Y OCHO MESES DE PRISION.
TERCERO: Se imponen como penas accesorias a la principal, las consagradas en el artículo 16 del Código Penal v.....