Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA, mediante la cual se declaró PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 23 de mayo de 2008, por el abogado Vladimir Antonio Colmenares Cárdenas, en su condición de apoderado judicial de la parte actora, contra el auto dictado en fecha 21 de mayo de 2008, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en el juicio por cobro de bolívares, vía intimación, intentado por el abogado Vladimir Antonio Colmenares Cárdenas, en su carácter de apoderado judicial de la firma mercantil Agrocentro 2000 C.A., contra la firmas mercantiles Finca Las Playas C.A., Hacienda Agropecuaria Las Playas C.A., y contra los ciudadanos Antonio Jesús Pérez Hernández y Elberth Antonio Pérez Vega. Quedó así REVOCADO PARCIALMENTE el auto dictado en fecha 21 de mayo de 2008, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara.