III
D I S P O S I T I V A
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, se declara SIN LUGAR la apelación ejercida por los codemandados ciudadanos YUDITH JOSEFINA; JESÚS ANTONIO; ENDER JOSÉ; ROSA MARGARITA; HERNÁN JOSÉ; (identificación omitida conforme a lo dispuesto por el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente), PÉREZ YÁNEZ, ya identificados, contra la sentencia del A quo, de fecha 18 de Junio de 2008, y en toda su FUERZA Y VIGOR el fallo apelado.
Dada la naturaleza de esta decisión, no hay especial condenatoria en costas.
Publíquese y regístrese la presente sentencia.
Remítase al Tribunal de la causa el presente expediente, en su oportunidad legal.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado Supe.....