Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA, mediante la cual SE ACEPTÓ LA DECLINATORIA DE COMPETENCIA, planteada en fecha 30 de junio de 2014, por el Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centroccidental, y se declaró LA COMPETENCIA POR LA MATERIA DE ESTA ALZADA, para conocer y decidir el recurso de apelación interpuesto contra la decisión dictada en fecha 15 de mayo de 2014, por el Juzgado Cuarto del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en el juicio de desalojo, seguido por la empresa Inversiones H. A. Milenium, C.A., contra la sociedad mercantil Tecno Tubo de Venezuela, C.A.