-III-
Por las razones antes expresadas éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
1. PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por COBRO POR DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES instaurada por RODRIGO DAVID PEREZ PERAZA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No. V-12.436.039, contra Empresa PROTECCION DE VALORES PROVINCIAL PROVAL, C.A., sociedad Mercantil domiciliada en el Distrito Capital, constituida mediante documento inscrito en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 28 de Julio de 1995, bajo el N° 09, tomo 319-A-Segundo.
2. Se ordena a la Empresa PROTECCION DE VALORES PROVINCIAL PROVAL, C.A., arriba identificada, al pago de la diferencia por Prestaciones Sociales que le adeuda al trabajador JOHN ESCALONA, en los términos presentados en esta Sentencia.
3. En materia de Intereses de Mora y.....