Por las razones antes expuestas este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 5 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad d e la Ley, EN PRIMER LUGAR; ADMITE LA ACUSACION interpuesta por Abogados JOSE GREGORIO ACEITUNO VILLANUEVA Y MARIA ELIZABETH AMATUCCI FERNANDEZ, actuando con el carácter de Fiscal Sexto y Auxiliar del Ministerio Público, contra el ciudadano JESUS RAMON RIVERO, Venezolano, mayor de edad, de 34 años de edad, natural de Trujillo Estado Trujillo, nacido en fecha 30-12-1972, soltero, comerciante, hijo de Martín Alberto Valderrama (+), y Maria Reveros, titular de la cédula de identidad N° 10.261.625, domiciliado en Bocono, sector valle verde Nª! 01, casa Nª 46-21, cerca de la cancha deportiva Estado Trujillo, por el delito de LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal en agravio del ciudadano TE.....