DISPOSITIVA
Con base a las razones que se dejan expresadas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el Abg. Briner Alí Daboin Andrade, actuando en su condición de Fiscal Tercero del Ministerio Público del Estado Lara, contra la decisión dictada por el Tribunal Mixto de Primera Instancia en funciones de Juicio N° 03 de este Circuito Judicial Penal, de fecha 03-02-2011, y fundamentada en fecha 28-02-2011, mediante la cual por mayoría y con el voto salvado del Juez Profesional, decreta sentencia ABSOLUTORIA de conformidad con lo establecido en el artículo 366 del Código Penal, al ciudadano RAMÓN ANTONIO GIMENEZ PÉREZ, de la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal.
SEGUNDO: Queda ANULADA la Sentencia.....